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Nuestra Señora del Rosario, San Francisco de

Borja y del Salvador, pero un estudio de las

necesidades de Santiago, cuya población

urbana se estimaba en

30.000

habitantes y en

12.000

más la de sus alrededores, llevó a la

conclusión que debían aumentarse. Se acudió

al procedimiento de “plantar cirugías”, o sea,

colocar en medio de las salas una tercera fila

de camas suplementarias, pero como quedasen

muy congestionadas, se fue resueltamente a la

instalación de nuevas salas. Así la sala de la

Santísima Trinidad se dotó con

20

camas para

cirugía, se estableció una con

8

camas para

“vigiladas de lúes venérea”, y otra con

16

“para

aquellas enfermas que o desde su ingreso o de

resultas de otras enfermedades hayan contraído

calenturas o dolencias contagiosas” y, por último,

una “sala de convalecencia que aunque solo

permite su latitud un orden de camas se han

ubicado

16

”, con lo cual el número total se

elevó de todo lo necesario con la renta

de $

9,400

que anualmente producen las

dos haciendas”.

En el primer año de su funcionamiento se

atendieron

710

enfermas, de las cuales

fallecieron

103

y el año de

1782

se inició con

83

enfermas.

En

1783

falleció Don Diego Portales y el

Gobernador confirió el cargo de mayordomo

a Don Ignacio Irigaray, a quien correspondió

estudiar las ordenanzas definitivas del Hospital

y que fueron aprobadas el

1

° de febrero de

1785

por la Real Audiencia cuyo Presidente

era el Gobernador Don Tomás Álvarez de

Acevedo, que ostentaba además el pomposo

título de Señor Regente Visitador y Proyector

de la hospitalidad.

Al aprobar la Real Audiencia el “Reglamento de

Ordenanzas que debe observarse en el gobierno

político, interior y económico del Real Hospital

de San Francisco de Borja”, modificó las

aplicaciones de la Junta de Temporalidades.

“Destinase, pues, para esta fundación, con el

nombre de Hospital Real de San Francisco

de Borja el Colegio que bajo el mismo título

sirvió de Noviciado a los religiosos expatriados,

aplicándosele para fondo de subsistencia y

precisos gastos de fábricas las haciendas de

Bucalemu y San Pedro de Quillota, con la

pequeña viña y bienes anexos al Colegio

en que está fundado el Hospital, cuyas

ordenanzas para su gobierno interior, político y

económico contiene este breve tratado”.

La aplicación que hizo la Junta de Temporalidades

fue aprobada por Real Orden del

28

de junio

de

1786

.

Santiago, enero

28

de

1992

- cfc

Documento llegado al Dr. Francisco Barrera Q.,

en

1999,

cuyo autor no ha sido identificado.