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a hospital de mujeres, la Real Audiencia

estimó conveniente atenerse al trámite que

siguiera esta solicitud.

Como se sabe en

1767

el Rey de España

había ordenado la expulsión y extrañamiento

de los jesuitas de todos sus dominios y la

confiscación de sus bienes. En cada una

de las provincias de la India se crearon

Juntas especiales llamadas de Temporalidades

destinadas a entender en todo lo concerniente

a la venta y aplicación de dichos bienes,

presididas por el Gobernador, e integradas

por el Obispo, el oidor decano de la Real

Audiencia, el fiscal y el protector de indios.

Entre los bienes de los jesuitas figuraba la casa

del Noviciado de San Francisco de Borja. Este

colegio había sido fundado por los hermanos

Francisco y Gonzalo Ferreira que ingresaron a la

Compañía de Jesús e hicieron donación de toda

fortuna con la cual se adquirió una casa, una viña

y dos molinos. En este sitio se instaló en

1646

,

el Noviciado jesuita, bajo la advocación de San

Francisco de Borja, casa que pasó a formar parte

del patrimonio del gobierno español en

1767

,

administrado por la Junta de temporalidades.

Esta era la posesión que solicitaba el Cabildo

de Santiago para hospital de mujeres. En su

presentación al Conde de Aranda hacía notar

la Corporación que “se hace sentir vivamente

no haya más de una (casa) donde se curen los

enfermos y que aún en la que Vuestra Majestad

mantiene a cargo de los religiosos del orden de

San Juan de Dios, encuentran algún alivio suele

muchas ocasiones no alcanzar el auxilio de las

camas para todos, especialmente en tiempos de

viruelas, enfermedad para la gente del país tan

formidable” y que toda esta situación tendría

fácil acomodo “con que la piedad de Vuestra

Majestad se digne concederle a este Cabildo

de casa que servía del noviciado de los Padres

de la compañía, sumamente proporcionada a

este santo fin. Ella está situada en los extremos

de esta ciudad y por esto cuando goza de

aires puros, es difícil contagien a los sanos;

tiene huertos proporcionados a la hortaliza y

hierbas medicinales: una buena acequia de

agua, requisito esencial para un hospital: hay

una Iglesia con moderados adornos y toda

la vivienda necesaria, no sólo para salas de

enfermos sino también para capellanes y demás

menesteres necesarios para el consuelo, alivio

y comodidad de los enfermos”.

Además solicitaba el Cabildo que también se le

adjudicase al nuevo hospital la quinta de la

finca en Ñuñoa y la hacienda Las Tablas que

pertenecían al Noviciado.

Por su parte, el Conde de Aranda acogió la

petición del Cabildo y el

17

de octubre de

1772

,

ordenó a la Junta de Temporalidades tenerla

presente en la aplicación del Noviciado y que

oyendo a la Corporación, resolviese. En efecto,

así procedió la Junta, pues en dos ocasiones

solicitó informe del Cabildo el cual se asesoró

de los médicos de la ciudad para determinar la

planta del nuevo hospital, los sueldos de los

funcionarios y el gasto diario por cama.

La planta y sueldos propuestos fueron los que

se indica:

4

capellanes con..........................$

300

anuales

1

médico con...............................$

300

anuales

1

cirujano con..............................$

150

anuales

1

barbero con..............................$

100

anuales

1

boticario con............................$

1.000

y

obligación de surtir la botica