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Guías de Práctica Clínica en Pediatría
Derechos y deberes. Marco legal*
Francisco Barrera Q.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES EN SALUD
Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.
El Congreso Nacional aprobó la Ley N
°
20.584, que regula los derechos y deberes de las
personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud (esta Ley entró en
vigencia el 1 de octubre de 2012).
• ¿Los derechos de los pacientes son válidos en el sistema público y en el privado?
Los derechos se pueden exigir en ambos sistemas. Asimismo, se aplican respecto a todos los
profesionales y trabajadores que se relacionen con público en el marco de atenciones de salud.
• ¿Qué dice la ley sobre la atención oportuna y la discriminación?
La ley es clara en señalar que toda persona tiene derecho, cualquiera sea el prestador de
salud, a que las acciones de promoción, protección y recuperación se le den oportunamente y
sin discriminaciones arbitrarias, en la forma que determine la Constitución y las leyes.
• ¿Cuáles son los derechos de las personas respecto del trato que reciben de los prestadores de salud?
Derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y circunstancia; que comprende:
lenguaje adecuado e inteligible; actitudes que se ajusten a normas de cortesía y amabilidad
generalmente aceptadas; y respetar y proteger la vida privada y honra de las personas.
• ¿Cuáles son los derechos de las personas referentes a la seguridad en la atención de salud?
Toda persona o quien la represente tiene derecho a que los prestadores de salud cumplan
las normas vigentes en el país, y con los protocolos establecidos, en materias tales como
infecciones intrahospitalarias, identificación, accidentes, errores en la atención y en general a
ser informada de cualquier evento adverso durante la atención.
• ¿Qué derecho garantiza la ley respecto de la compañía al paciente de familiares y seres
queridos?
Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y
amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de
acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento. Se podrá restringir cuando sea
aconsejable por beneficio clínico. Asimismo, el paciente tiene derecho a consejería y
asistencia religiosa o espiritual.
• ¿Qué derecho especial se garantiza para las zonas con alta población indígena?
En territorios con alta concentración de población indígena, los prestadores institucionales públicos
deben considerar la aplicación de un modelo de salud intercultural, validado ante las comunidades.
• ¿Qué derechos tiene el paciente respecto de la información que recibe?
a) Derecho a que la información sea suficiente, oportuna, veraz, comprensible, en forma visual,
verbal o por escrito, respecto a: atenciones de salud o tipos de acciones de salud que ofrece o
tienen disponibles los prestadores; mecanismos para acceder y su valor; las condiciones
previsionales requeridas para su atención, disposiciones y obligaciones de sus reglamentos
internos y formas de efectuar comentarios, agradecimientos, reclamos y sugerencias.
b) Los prestadores deberán colocar y mantener en un lugar público y visible, una carta de
derechos y deberes de las personas en relación con la atención de salud.
* Fuente: Copia fiel del archivo de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.