

Anales Oftalmológicos
Tomo V Vol. IV N˚1 2008 Santiago - Chile
LESIONES DEL ARCO AFERENTE
Defecto pupilar aferente relativo (DPAR)
Habla de un déficit visual unilateral, producido
por una afección retinal o del nervio óptico
(la mayoría de los casos). Hay una respuesta
pupilar subnormal a la estimulación luminosa,
debido a una alteración del campo visual o
de la agudeza visual.
Su evaluación se debe realizar en semioscu-
ridad (para que la pupila esté en semimidriasis),
el paciente debe fijar un objeto lejano (para
evitar la miosis por acomodación). Se debe
iluminar en el eje visual desde abajo una
pupila y la otra deteniéndose 2 a 5 segundos
en cada ojo. Se deben realizar al menos cinco
pasadas. En el DPAR hay una constricción
pupilar inicial, con una leve dilatación en el
ojo afectado.
En estos pacientes hay isocoria ya que la
vía eferente no está afectada y el reflejo de
miosis es consensual bilateral.
A continuación en la ilustración 4 se muestra
el defecto pupilar aferente relativo.
La pupila con DPAR generalmente se produce
por daños significativos al nervio óptico o
la retina de un ojo. Si cada ojo presenta
cambios severos por igual, no se producirá
el defecto pupilar relativo. Así que una vez
más, el DPAR bilateral no existe.
Una enfermedad severa que produzca un
defecto pupilar en un ojo, no desarrolla
anisocoria. La pupila afectada aparecerá de
igual tamaño que el otro ojo, debido al reflejo
consensual, a no ser que el iris propiamente
dicho esté afectado o no reaccione.
El grado de agudeza visual no se correla-
ciona necesariamente con una pupila de
Marcus Gunn (pupila con DPAR). Algunas
enfermedades con pérdida severa de la visión
demostrarán el defecto aferente, mientras
que otras que sólo afectan la visión central,
darán el mismo resultado.
Si la disfunción es igual en ambos ojos el
defecto “relativo” no se manifestará. Esto se
repite una y otra vez hasta alcanzar una de
las cuatro conclusiones que se mencionan
continuación:
No se manifiesta el defecto pupilar aferente
•
relativo:
ambas pupilas se contraen
igualmente sin evidencia de redilatación.
No existe el DPAR bilateral.
Leve defecto pupilar aferente relativo:
•
una
de las pupilas demuestra una constricción
débil, seguido de una dilatación de
mayor tamaño.
Moderado defecto pupilar aferente relativo:
•
una de las pupilas muestra constricción
sostenida, seguido de una dilatación de
mayor tamaño.
Severo defecto pupilar aferente relativo:
•
una de las pupilas muestra una dilatación
inmediata a un tamaño mayor.
Ilustración 4. DPAR