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a recibir educación gratuita de parte del

Estado. Este derecho se ejerce concurriendo

directamente al Ministerio de Educación.

Prestaciones Económicas del Seguro Escolar:

Las prestaciones económicas del Seguro Escolar,

cuando correspondan, deben ser otorgadas por

el Instituto de Normalización Previsional, en caso

de invalidez o muerte de escolares. Estas

prestaciones son las siguientes:

Pensión temporal por invalidez: el estudiante

que pierde su capacidad para trabajar, actual

o futura, en un porcentaje inferior a un

70

% y

superior a un

15

% tendrá derecho a una pensión

por invalidez, siempre que acredite que no cuenta

con recursos iguales o superiores al monto de

la pensión. El monto de este beneficio equivale

a un

22,2757

% de un ingreso mínimo. La fecha

inicial de pago es la correspondiente al día en

que se produjo la incapacidad; y el beneficio

se pagará hasta la fecha en que finalice sus

estudios o llegue a percibir recursos del mismo

o superior monto antes indicado.

Pensión vitalicia por invalidez: si a causa del

accidente escolar, la pérdida de capacidad

de trabajo, actual o futura, es de un

70

% o

más, el estudiante tendrá derecho a una

pensión vitalicia por invalidez, equivalente

a un

22,2757

% de un ingreso mínimo.

Cuota mortuoria: la persona o institución que se

haga cargo de los funerales de una víctima de

accidente escolar, recibirá una cuota mortuoria

equivalente a un

44,5514

%de un ingresomínimo.

6.-

Programa Tarjeta Nacional Estudiantil

Tarjeta inteligente que permite movilizarse

accediendo a la tarifa gratuita (

5

º a

8

º E. Básica)

y rebajada E. Media y Superior) en los medios

de transporte público y optar a beneficios

adicionales a través de convenios con INJUV y

DIBAM, para los alumnos de los establecimientos

municipales o particulares subvencionados y a

los estudiantes de Educación Superior

matriculados en Universidades, Institutos o

Centros de Formación Técnica reconocidos por el

Ministerio de Educación.

Estudiantes de

5

º a

8

º año Básico:

- Ser alumno de un establecimiento municipal

o particular subvencionado, reconocido por el

MINEDUC.

- Entregar documentación o información al

encargado de su Institución.

- Asistir a la toma de fotografía en la fecha

que le corresponda.

Enseñanza Media:

- Ser alumno de un establecimiento municipal

o particular subvencionado, reconocido por el

MINEDUC.

- Entregar documentación o información al

encargado de su Institución.

- Asistir a la toma de fotografía en la fecha que

le corresponda.

PROMOCIÓN Y CUIDADO DE LA SALUD

7.-

Programa deAlimentación Escolar deVacaciones

Proporciona una ración diaria de alimentación

consistente en desayuno y almuerzo o almuerzo

y once para alumnos vulnerables de enseñanza

básica y media que asisten a establecimientos

educacionales municipalizados o particulares

subvencionados adscritos al PAE, y además

egresados de JUNJI y de Centros Abiertos.

Ser alumno o alumna regular de los

establecimientos educacionales inscritos en el PAE

o Egresados de los jardines infantiles de la JUNJI.

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